El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad “inconstitucional, nulo y discriminatorio el cálculo de la pensión a tiempo parcial.
Soledad Ruiz, secretaria de Políticas Sociales y Seguridad Social de UGT Andalucía, asegura que esta fórmula es discriminatoria entre los trabajadores a tiempo completo y a tiempo parcial. También considera que existe una discriminación indirecta por razón de género ya que, estadísticamente, dice el tribunal, la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres.
Rompe la proporcionalidad
El tribunal apunta que se rompe con la proporcionalidad porque, a una reducción razonable de la base reguladora para el trabajador a tiempo parcial por su menor base de cotización, se añade una reducción del periodo de cotización, hecho que no pasa en el caso de los trabajadores a tiempo completo.
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