Da la razón así a la Apdha, que hace dos años, en febrero de 2018, presentó un recurso ante el alto tribunal por la negativa de la cárcel de Córdoba a conceder a un periodista de eldiario.es una entrevista con un preso dentro de prisión en enero de 2017, con el argumento de que no había motivación que justificara la necesidad de esta comunicación.
Según el Tribunal Constitucional, «el control previo de contenidos no está amparado constitucionalmente» y que el acuerdo del Centro Penitenciario de Córdoba queda nulo por vulnerar sus derechos a “expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. Valentín Aguilar es coordinador de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía.
La sede de la Asociación de la Prensa de Sevilla ha acogido la rueda de prensa en la que se ha detallado el alcance de la sentencia. Su presidente, Rafael Rodríguez, considera que esta sentencia es histórica por lo que supone para evitar cortapisas a los derechos a producir y recibir información veraz
RAFAEL RODRÍGUEZ – Asociación de la Prensa de Sevilla
¿Ruedas de prensa sin preguntas?
El propio Rafael Rodríguez afirma que con esta sentencia van a estudiar llevar ante el Tribunal Constitucional otras limitaciones que se producen en la actualidad a la labor periodística en España, como las ruedas de prensa sin preguntas.
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