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“Hay que diferenciar los términos inmigrante, asilado y desplazado, ya que este puede implicar acoger a personas mientras dure una guerra, pero no que se le conceda el asilo”, Mercedes Moya, catedrática UGR

DE ESTE A OESTE – MERCEDES MOYA – Universidad de Granada

La política de extranjería, tanto de la Unión Europea como de España, tiene un doble rasero que implica restricciones por un lado, y derechos por otro. Así lo ve Mercedes Moya, catedrática de Derecho Internacional Privado y directora del Máster Propio de Derecho de Extranjería de la Universidad de Granada. Sin embargo, asegura que, muchas veces, es mejor que no se cumplan las leyes porque éstas implican la construcción de una fortaleza simbólica que impide a las personas migrantes, refugiadas o desplazadas, entrar en nuestras fronteras. En este sentido, apunta que, en esta crisis mundial de refugiados, se está olvidando el término desplazado. Sostiene que hay miles de personas que se mueven de forma circunstancial huyendo de la guerra y que este concepto está regulado de forma distinta al de refugiado o asilado. Así, para conseguir ser reconocido en este último supuesto se necesitan, dice, una serie de requisitos. Estos asuntos serán abordados en el máster de la Universidad de Granada que empieza la semana que viene sobre derecho de extranjería. En él se van a tratar aspectos jurídicos de la inmigración, tanto en lo que se refiere a los extranjeros que residen en el Estado español como los españoles que están desplazándose fuera de España.

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