JUAN LUIS CAMACHO – Mesa en Defensa de la Sanidad Pública de Granada
Es uno de los servicios de la cartera del SAS que se ha visto modificado.
Recientemente las Direcciones Gerencias de Áreas de Gestión Sanitaria y Distritos de Atención Primaria han recibido una circular enviada por la Consejería de Salud y Familias del SAS en la que se puntualiza que en la nueva actualización del catálogo de productos ortoprotésicos, se dejarán de poder prescribir las plantillas ortopédicas salvo algunas excepciones.
Desde este lunes, 25 de julio, su prescripción ha quedado restringida a Facultativos Especialistas del Área de traumatología y Rehabilitación bajo las siguientes situaciones clínicas:
- Pacientes con pie patológico neuropático o diabético que presenten riesgo de ulceración.
- Pacientes con graves deformaciones dolorosas del pie por enfermedad reumática.
- Pacientes con importantes secuelas dolorosas tras cirugía del pie, durante un periodo máximo de 24 meses.
Por tanto, teniendo en cuenta que la renovación de la prescripción de las plantillas se ha venido haciendo por los facultativos de Atención Primaria, éstas no podrán ser prescritas en el ámbito hospitalario, ni renovadas en atención primaria.
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