El recurso de inconstitucionalidad fue presentado por el Gobierno central en relación a los artículo número 28 y 13, relacionados con el sector audiovisual y la protección del Patrimonio Histórico de Andalucía.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra varios artículos del Decreto 2/20 de la Junta de Andalucía, llamado de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. Dicho decreto modificaba de una tacada 27 leyes y ha generado toda una corriente de protestas en diversos sectores de la sociedad andaluza al considerar que el decreto abre la puerta a provocar importantes daños medioambientales, territoriales, sociales, sanitarios y de patrimonio histórico, y a fomentar, entre otras cosas, la especulación urbanística y la privatización de servicios públicos.
El recurso presentado por el Consejo de Ministros va dirigido contra artículos como el número 28, entendiendo que vulnera la competencia estatal sobre telecomunicaciones y medios de comunicación social, al habilitar emisiones radiofónicas en cadena y suprimir la prohibición de inclusión o difusión de cualquier tipo de comunicación comercial audiovisual en emisiones de personas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual que carezcan del preceptivo título o que no hayan cumplido el deber de comunicación previo. Además con esta nueva regulación, la Ley Audiovisual de Andalucía (pionera y aprobada por unanimidad en la cámara andaluza) queda bastante afectada.
También queda señalado el artículo 13, que afecta al Patrimonio Histórico de Andalucía en tanto en cuanto exime de autorización previa administrativa y comunicación a la Consejería competente de posibles obras sobre bienes de interés cultural y su entorno. Esta regulación choca de pleno con la competencia estatal en defensa de los bienes culturales contra la exportación y expoliación prevista en el artículo 149.1.28 de la Constitución española.
Las emisoras municipales siguen en peligro de privatización
El Tribunal Constitucional ha suspendido, al menos durante los próximos cinco meses, varios de los preceptos de los artículos recurridos, declarándolos como nulos. No ocurre así con el 28.8 que permite la privatización de las emisoras municipales. Es importante recordar que el resto del Decreto sigue siendo aplicable, pese a afectar a más de veinte leyes y no contar con el consenso necesario para una normativa de estas características; facilitando trámites burocráticos que afecta a distintos ámbitos como el medio ambiente, el urbanismo o el comercio. Consenso que sí tenía la reciente Ley Audiovisual de Andalucía, aprobada en el Parlamento por unanimidad y que queda ahora desdibujada. El Gobierno andaluz ya declaró, por medio de su vicepresidente de y consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Juan Marín, que acatará la decisión del órgano de justicia.
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